El mérito ejecutivo permite el derecho a cobrar la deuda incumplida de una factura negociable.
Para efectos del cobro ejecutivo se debe cumplir con los siguientes requisitos (Ley 29623):
1. El comprador no ha mostrado su disconformidad sobre el comprobante de pago, factura negociable o los bienes y servicios recibidos.
2. Haber comunicado al comprador sobre el registro de la factura negociable en CAVALI.
3. Solicitar a CAVALl la constancia de inscripción y titularidad.
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